Rige la Ley de Inocencia Fiscal II: qué cambia para Ganancias simplificado y revisiones del fisco
La Ley 27.826, conocida como Inocencia Fiscal II, elimina topes de ingresos y patrimonio para Ganancias simplificado y limita las revisiones de la AFIP, con vigencia desde hoy.

Las claves de la nota
- Eliminación de topes para Ganancias simplificado.
- Se limita la revisión de declaraciones juradas.
- Vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal II.
- Beneficios del "tapón fiscal" para contribuyentes.
- Excepciones para Grandes Contribuyentes y funcionarios.
El Gobierno promulgó la Ley 27.826, denominada popularmente como Inocencia Fiscal II, marcando la segunda etapa de la reforma tributaria iniciada en enero. Esta nueva normativa, aprobada por el Senado el 17 de septiembre, busca fomentar la formalización de ahorros y entra en vigor hoy, 9 de octubre. Los cambios principales se centran en cuatro áreas clave: el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, las condiciones para las revisiones de declaraciones juradas por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), las multas por incumplimientos formales y las sanciones para empleadores rurales.
Uno de los puntos más relevantes es la eliminación de los topes de ingresos anuales y patrimonio que hasta ahora restringían el acceso al régimen simplificado de Ganancias. Anteriormente, se exigía un límite de ingresos de $1.000 millones anuales y un patrimonio inferior a $10.000 millones. Con la nueva ley, se flexibiliza esta condición, permitiendo que más personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país puedan adherirse, siempre que acrediten residencia fiscal durante el período declarado. El principal beneficio es el "tapón fiscal", que otorga presunción de exactitud a las declaraciones de los tres ejercicios anteriores, salvo discrepancias significativas detectadas por ARCA. Esto significa que quienes presenten Ganancias por el período fiscal 2025 quedarán cubiertos respecto a los ejercicios 2022, 2023 y 2024, a menos que se configuren excepciones específicas.
Sin embargo, esta presunción de exactitud y otros beneficios no aplicarán para Grandes Contribuyentes Nacionales y funcionarios públicos, quienes podrán usar el régimen simplificado pero seguirán sujetos a fiscalización. La ley también establece condiciones más estrictas para que ARCA pueda reabrir declaraciones juradas anteriores. Se requerirá una "discrepancia significativa", que puede configurarse por una diferencia porcentual del 15% o más en el ajuste del impuesto o reducción de quebrantos respecto a lo declarado, o por una diferencia absoluta superior a un monto establecido. Estas modificaciones buscan dar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes y estimular la inversión y el ahorro formal en el país.
