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Ley de Inocencia Fiscal II: Multas millonarias para empleadores rurales "en negro"

La Ley de Inocencia Fiscal 2, promulgada recientemente, endurece las sanciones para quienes no registren a sus trabajadores rurales. Las multas pueden alcanzar hasta 7,5 millones de pesos por cada peón "en negro", con actualizaciones anuales por UVA.

Fuente original: Bichos de Campo3 min de lecturaNegativo
Ley de Inocencia Fiscal II: Multas millonarias para empleadores rurales "en negro"
Imagen ilustrativa

Las claves de la nota

  • Multas de hasta 7,5 millones de pesos por trabajador rural "en negro".
  • Nuevas escalas para infracciones leves, graves y muy graves.
  • Penas incrementadas para casos de reincidencia.
  • Actualización anual de multas por índice UVA desde 2027.

Resumen elaborado con inteligencia artificial a partir de la nota de Bichos de Campo.

La flamante Ley 27.826, conocida como Ley de Inocencia Fiscal II, introduce modificaciones significativas a la Ley de Trabajadores Rurales (25.191) con el objetivo de formalizar la registración laboral en el sector agropecuario. Si bien su concepción inicial apuntaba a la repatriación de divisas y la ampliación de la base tributaria, su articulado detalla un nuevo y severo esquema de sanciones para los incumplimientos.

A partir de su publicación en el Boletín Oficial, los establecimientos rurales que no registren adecuadamente a sus empleados se enfrentarán a multas que varían según la gravedad de la infracción. Las "infracciones leves", como inconsistencias en la declaración contractual, acarrearán multas de entre 120.000 y 187.500 pesos por trabajador afectado. Para "infracciones graves", que incluyen declaraciones falsas de contratos, las sanciones oscilarán entre 375.000 y 1.500.000 pesos por cada trabajador.

La pena máxima, destinada a las "infracciones muy graves" –la omisión total de la declaración del contrato–, se ubica entre 1.500.000 y 7.500.000 pesos. Estas cifras representan un incremento sustancial respecto a las sanciones previas del Renatre, que se habían desactualizado por la inflación. La nueva ley también contempla un agravamiento de las penas en caso de reincidencia, pudiendo incrementarse los topes máximos hasta un 50% si la falta se repite dentro de los últimos cinco años.

Además, se establece un mecanismo de actualización anual de las multas por índice UVA a partir de enero de 2027, buscando evitar futuras desactualizaciones. Estos cambios, promulgados un día después del Día Nacional del Trabajador Rural, rigen de forma inmediata para las infracciones cometidas a partir de ahora, impactando directamente en la gestión y los costos operativos de los productores agropecuarios de todo el país, incluida la importante región de Rosario.

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