UIF flexibiliza controles para depósitos en dólares de monotributistas y Ganancias Simplificado
La UIF estableció controles reducidos para contribuyentes del Régimen Simplificado de Ganancias que depositen dólares en efectivo, siempre que no superen el umbral de evasión simple. El Gobierno busca fomentar la bancarización ante la alta informalidad y desconfianza.

Las claves de la nota
- Controles reducidos para depósitos en dólares de contribuyentes simplificados.
- No se pedirá acreditar origen de fondos bajo cierto umbral anual.
- Busca fomentar la bancarización ante informalidad y desconfianza.
- Excluye a Grandes Contribuyentes, funcionarios y PEPs.
- Entidades tienen 60 días para adecuar procedimientos.
La Unidad de Información Financiera (UIF) ha implementado un régimen especial que alivia los controles para los contribuyentes adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias que realicen depósitos en efectivo de dólares y otros activos en el sistema financiero formal. Esta medida, formalizada a través de la Resolución 144/2026, busca reducir la carga burocrática para un segmento específico de la población, reconociendo que el simple hecho de poseer dólares fuera del sistema bancario no constituye, por sí solo, un indicio de actividad ilícita.
El nuevo esquema, dividido en "Antecedente Favorable" y "Debida Diligencia Simplificada Especial", considera la adhesión al régimen simplificado como un factor de reducción de riesgo. Esto significa que los depósitos en efectivo de estos contribuyentes, e incluso la falta de documentación que acredite el origen de los dólares o el respaldo de ahorros históricos, no serán automáticamente motivo de sospecha, siempre y cuando las operaciones anuales no superen el monto establecido para la evasión simple según el Régimen Penal Tributario. Dentro de este umbral, los bancos y otras entidades no podrán exigir documentación detallada sobre la actividad económica, origen de fondos, ingresos o patrimonio, limitándose a verificaciones básicas de identidad y registros.
Esta flexibilización se enmarca en un contexto económico argentino caracterizado por altos niveles de informalidad (cercanos al 48,6% según el INDEC), inflación persistente, restricciones cambiarias y una histórica desconfianza en el sistema bancario. El Gobierno argumenta que estas condiciones han llevado a muchos argentinos a mantener sus ahorros en efectivo fuera del circuito formal. La medida busca incentivar la bancarización, facilitando la integración de estos fondos sin generar trabas excesivas para los pequeños y medianos contribuyentes.
Sin embargo, el beneficio no es universal. Quedan excluidos los Grandes Contribuyentes Nacionales, funcionarios públicos, personas vinculadas al terrorismo, Personas Expuestas Políticamente (PEP), y operaciones con países de alto riesgo o no cooperantes. Por encima del umbral de evasión simple, se aplicarán controles más rigurosos, aunque la adhesión al régimen simplificado seguirá siendo un factor positivo. La norma también contempla la suma de operaciones fragmentadas para evitar maniobras evasivas y otorga una garantía jurídica a las entidades que apliquen correctamente el régimen. Las entidades financieras dispondrán de 60 días para adaptar sus procedimientos internos.
