Senasa implementará microchip obligatorio para equinos y digitalizará registros sanitarios desde marzo de 2027

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Senasa implementará microchip obligatorio para equinos y digitalizará registros sanitarios desde marzo de 2027

El Senasa exigirá la identificación con microchip para todos los equinos a partir del 1 de marzo de 2027, además de digitalizar la Libreta Sanitaria y el Pasaporte Equino para reforzar controles y trazabilidad.

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  • Microchip obligatorio para equinos desde marzo de 2027
  • Digitalización de Libretas Sanitarias y Pasaportes Equinos
  • Refuerzo de controles para el comercio internacional de equinos
  • Nuevas obligaciones para propietarios y tenedores de equinos

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ha anunciado una importante actualización en la normativa para la identificación y el registro sanitario de los equinos en Argentina. A partir del 1 de marzo de 2027, será obligatorio implantar un microchip a todos los equinos, una medida destinada a garantizar una trazabilidad completa y prevenir la propagación de enfermedades. Esta responsabilidad recaerá sobre los propietarios, poseedores o tenedores de los animales.

La identificación electrónica será requerida para diversos trámites sanitarios, incluyendo la toma de muestras para diagnósticos obligatorios, el alta de la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) y el Pasaporte Equino, ciertos tratamientos veterinarios y, fundamentalmente, para los movimientos internacionales. El microchip deberá ser implantado en el tercio medio del lado izquierdo del cuello y su número se registrará en el sistema de información del Senasa, permitiendo su gestión a través de aplicaciones digitales homologadas, autogestión con clave fiscal o de manera presencial.

Adicionalmente, el Senasa ha aprobado la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) como el documento sanitario oficial. Este documento será generado y validado digitalmente, simplificando su acceso y gestión. Los Pasaportes Equinos existentes también deberán ser digitalizados e incorporados al sistema, manteniendo la versión física su validez solo si el documento digital está vigente. Se establece un período de transición, con las libretas físicas conservando validez hasta el 31 de diciembre de 2027, y a partir del 1 de enero de 2028, solo la LSED o el Pasaporte Equino digitalizado serán válidos.

La normativa también reafirma la obligatoriedad del Documento de Tránsito electrónico (DT-e) para movimientos específicos, como los destinados a faena de exportación o ingresos a zonas libres de enfermedades. El Senasa se reserva la facultad de bloquear movimientos o suspender el uso de la LSED ante la detección de enfermedades contagiosas. Se enfatiza la obligación de comunicar de manera inmediata al organismo cualquier cambio de titularidad, robo, muerte o novedad sanitaria. El incumplimiento de estas disposiciones acarreará sanciones.

Esta medida impacta directamente en la cadena de valor de los equinos, incluyendo criadores, transportistas y exportadores. Los inversores y empresarios del sector agropecuario y de exportación deberán estar atentos a los costos y plazos de implementación de la nueva tecnología. Es crucial seguir de cerca la adopción de las plataformas digitales y la posible agilización o complejidad de los trámites sanitarios para el comercio internacional.

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