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Senasa implementa libre elección de vacunadores contra aftosa y brucelosis: plazo hasta el 15 de diciembre

El Senasa reglamentó la libre elección de veterinarios privados para las campañas de vacunación contra aftosa y brucelosis, habilitando un plazo hasta el 15 de diciembre para que los productores definan a su profesional.

Fuente original: Bichos de Campo5 min de lecturaNegativo
Senasa implementa libre elección de vacunadores contra aftosa y brucelosis: plazo hasta el 15 de diciembre
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Las claves de la nota

  • Plazo hasta el 15 de diciembre para elegir vacunador privado.
  • Senasa habilita veterinarios privados para aftosa y brucelosis.
  • Productores deberán registrar elección vía SIGTrámites.
  • Endurecen controles sobre depósitos de vacunas.

Resumen elaborado con inteligencia artificial a partir de la nota de Bichos de Campo.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ha puesto en marcha la reglamentación para la libre elección de veterinarios privados en las campañas de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina. Esta medida, dispuesta originalmente en marzo, genera un periodo de dos meses, que inicia mañana y se extiende hasta el 15 de diciembre, para que los productores agropecuarios puedan designar al profesional de su preferencia para llevar a cabo estas tareas sanitarias el próximo año.

La disposición 27/2026, publicada en el Boletín Oficial, formaliza la habilitación de vacunadores privados y reduce el protagonismo de los entes sanitarios y fundaciones que hasta ahora coordinaban estas campañas. El Gobierno defiende la medida como una forma de reducir costos y otorgar mayor libertad a los productores, pero las entidades del sector han advertido sobre la posible desarticulación de un sistema que consideran funcional y que ha sido clave para el estatus sanitario argentino.

Los productores que deseen optar por un veterinario privado deberán registrar su elección a través del sistema SIGTrámites, mediante una declaración jurada, entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre del año previo a la campaña. Para la campaña de 2027, este plazo comienza efectivamente a regir a partir de este viernes, con una ventana específica del 16 de octubre al 15 de diciembre debido a la reciente reglamentación. Aquellos productores que no realicen esta designación seguirán asociados por defecto al ente sanitario correspondiente a su jurisdicción.

La nueva normativa también endurece los controles sobre la provisión y almacenamiento de vacunas, exigiendo a los veterinarios privados que declaren sus instalaciones de frío ante el Senasa, detallando ubicación, infraestructura y modalidad de funcionamiento. Esta medida busca asegurar la cadena de frío y la correcta conservación de los biológicos, un aspecto crucial para la efectividad de las campañas sanitarias.

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