Provincia reglamentó el uso de tierras fiscales en islas del Delta y creó un registro específico
El gobierno bonaerense reglamentó el uso de tierras fiscales en las islas del Delta y litoral fluvial y marítimo, creando un registro específico para su gestión. La medida busca ordenar la tenencia precaria y el uso de estos inmuebles de dominio público.

Las claves de la nota
- Creación del Registro de Islas Bonaerenses de Dominio Público.
- Reglamentación de permisos de uso y tenencia precaria.
- Inclusión de la Isla Martín García en la normativa.
- Derogación del anterior registro del Delta.
El gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través del Decreto N° 1517, ha oficializado la reglamentación del uso y la tenencia precaria de tierras fiscales ubicadas en las islas del Delta, así como en el litoral fluvial y marítimo bonaerense, incluyendo la Isla Martín García.
Esta normativa establece las pautas y condiciones mínimas, tanto onerosas como gratuitas, para la cesión de estos inmuebles de dominio público. Como eje central de la medida, se crea el Registro de Islas Bonaerenses de Dominio Público, dependiente del Ministerio de Gobierno. Este nuevo organismo tendrá la responsabilidad de centralizar y gestionar toda la información relacionada con el uso y la tenencia de estas tierras, trabajando en conjunto con el Registro de Bienes Inmuebles del Dominio Público del Ministerio de Economía.
La Subsecretaría de Asuntos Territoriales del Ministerio de Gobierno ha sido designada como autoridad de aplicación, facultada para emitir normativas complementarias y gestionar el registro. La medida también implica la derogación del anterior Registro de Bienes de Dominio Público del Delta, integrando su información al nuevo sistema. Se requerirá la colaboración de la Agencia de Recaudación y la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad para proveer datos catastrales y de propiedad inmueble.
La fundamentación de la norma se apoya en el Código Civil y Comercial de la Nación, que clasifica a las islas formadas en ríos y lagos navegables como bienes del dominio público, inalienables e imprescriptibles. Se destaca la posibilidad de que los municipios reciban la tenencia precaria de estos inmuebles y, excepcionalmente, los subpermisionen a terceros con autorización provincial.
Este nuevo marco regulatorio busca aportar transparencia y orden a la gestión de un patrimonio público estratégico, con implicaciones potenciales para actividades económicas y ambientales en la vasta región insular bonaerense. La adecuación de los permisos ya otorgados y de las solicitudes en trámite será un punto clave en la implementación.
