Economía

Impuesto a las Ganancias Simplificado: Avance en ARCA, pero faltan reglamentaciones clave para el "dólar colchón"

La ARCA reglamentó aspectos del Impuesto a las Ganancias Simplificado, pero aún se esperan normativas de la UIF para evitar que quienes saquen "dólares del colchón" sean informados por los bancos.

Fuente original: Ámbito Economía4 min de lecturaNeutral
Impuesto a las Ganancias Simplificado: Avance en ARCA, pero faltan reglamentaciones clave para el "dólar colchón"
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Las claves de la nota

  • Faltan normativas UIF para "dólar colchón".
  • ARCA reglamentó Impuesto a Ganancias Simplificado.
  • GCN y funcionarios tienen tratamiento sin beneficios.
  • Eliminan requisitos de ingresos y patrimonio.
  • Migración al régimen simplificado posible.

Resumen elaborado con inteligencia artificial a partir de la nota de Ámbito Economía.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha dado un paso significativo en la reglamentación del nuevo esquema de Impuesto a las Ganancias Simplificado. Una reciente resolución establece pautas para la declaración de bienes de funcionarios públicos, entre otros aspectos.

Sin embargo, Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, señala que aún restan trámites fundamentales para que aquellos que decidan utilizar sus "dólares del colchón" no sean reportados por las entidades bancarias, en el marco de las leyes de prevención de lavado de dinero. Un punto crítico es la normativa de la Unidad de Información Financiera (UIF) respecto a los antecedentes favorables, cuyo plazo legal de 15 días hábiles vence el próximo lunes 2 de noviembre.

La ley busca proteger los fondos que se utilicen bajo este nuevo esquema frente a la ARCA, pero los sujetos obligados (bancos, ALyCs, etc.) mantienen sus deberes de debida diligencia. La forma en que estos sujetos valoren la constancia de adhesión al régimen simplificado dependerá de la inminente norma de la UIF. Mientras esta no se dicte, quienes empleen fondos no bancarizados, es decir, "los dólares en el colchón", carecen de una directriz clara sobre cómo serán considerados por las instituciones financieras y otros actores regulados.

La reglamentación de ARCA también introduce parámetros para identificar a los Grandes Contribuyentes Nacionales (GCN). Tanto GCN como funcionarios públicos no podrán exteriorizar fondos bajo este régimen, sino que deberán adherirse a la modalidad de liquidación simplificada bajo un tratamiento específico sin beneficios, lo que implica la obligación de informar sus bienes en el país y en el exterior. La resolución elimina la exigencia de declarar parámetros de ingresos y patrimonio para acceder al régimen y flexibiliza el requisito de residencia fiscal para el período fiscal 2025. Aquellos contribuyentes que ya hayan presentado su declaración jurada de 2025 bajo el régimen general y pagado el saldo en término, podrán optar por migrar a la modalidad simplificada mediante una declaración rectificativa hasta una fecha especial aún no definida, pero inicialmente prevista para el 30 de octubre de 2026.

La constancia de inscripción bajo este nuevo esquema servirá como antecedente favorable ante los sujetos obligados. No obstante, la norma advierte que los incumplimientos en la bancarización de fondos pueden acarrear sanciones bajo la Ley 11.683 y fiscalización, sin eximir al contribuyente de responsabilidades civiles, penales o aduaneras. La falta de una normativa clara de la UIF genera incertidumbre sobre la aplicación práctica del esquema para quienes opten por utilizar activos no bancarizados, un punto de especial interés para la región y el país.

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