Economía

Gobierno reglamentó Inocencia Fiscal II: eliminan topes de ingresos y patrimonio para Ganancias simplificado

El Decreto 1253/2026 elimina los topes de ingresos y patrimonio para adherir al régimen simplificado de Ganancias, redefine discrepancias significativas y habilita rectificaciones para el período 2025. Aún restan definiciones operativas clave.

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Gobierno reglamentó Inocencia Fiscal II: eliminan topes de ingresos y patrimonio para Ganancias simplificado
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Las claves de la nota

  • Eliminación de topes de ingresos y patrimonio para Ganancias simplificado.
  • Residencia fiscal como requisito principal de adhesión.
  • ARCA precargará declaraciones juradas.
  • Presentación y pago en término para efecto liberatorio.
  • Discrepancia significativa: cambio > 15% y > 5% del monto previsto.

Resumen elaborado con inteligencia artificial a partir de la nota de Infobae Economía.

El Decreto 1253/2026 ha actualizado la reglamentación del Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, introduciendo cambios significativos tras la Ley 27.826. La principal novedad es la eliminación de los topes de ingresos y patrimonio como requisitos para adherir al régimen, siendo la residencia fiscal el único criterio principal para el período fiscal 2025. Esto amplía considerablemente el acceso al sistema, permitiendo que más contribuyentes, incluyendo Grandes Contribuyentes Nacionales y funcionarios, puedan optar por esta modalidad simplificada.

Si bien la norma permite la adhesión de estos sectores, se aclara que no aplicarán los beneficios liberatorios ni las presunciones del régimen en los períodos en que queden comprendidos. Además, no estarán exentos de informar sus bienes en el país y en el exterior. La declaración jurada será precargada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) con información disponible y datos de terceros, permitiendo al contribuyente revisar y confirmar los datos. La presentación y el pago en término son cruciales para mantener el efecto liberatorio del régimen, que otorga una presunción de exactitud sobre las declaraciones de Ganancias e IVA de períodos no prescriptos.

El decreto también redefine las condiciones bajo las cuales ARCA puede cuestionar los efectos del régimen, estableciendo el concepto de "discrepancia significativa" en función de un aumento del impuesto determinado o una disminución del quebranto impositivo. Un ajuste se considerará significativo si supera el 15% respecto a lo declarado y el 5% del monto previsto. A pesar de estos avances, el tributarista Sebastián M. Domínguez advierte que aún faltan definiciones operativas por parte de ARCA y la Unidad de Información Financiera (UIF) para la plena implementación del régimen.

Para la región de Rosario y la provincia de Santa Fe, estos cambios implican una simplificación administrativa potencial para muchos pequeños y medianos empresarios y profesionales, reduciendo la carga de la declaración jurada anual de Ganancias. La eliminación de los topes de patrimonio podría beneficiar a aquellos con activos significativos pero ingresos variables. Sin embargo, la vigencia de los beneficios liberatorios dependerá estrictamente del cumplimiento de las fechas de presentación y pago, un aspecto que requerirá atención constante por parte de los contribuyentes. La posibilidad de rectificar declaraciones para el período 2025, una vez que se definan los mecanismos, también representa una oportunidad para corregir posibles errores pasados.

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