Economía

Dólares del colchón: ARCA postergó por sexta vez la presentación de la DD.JJ. de Ganancias hasta el 16 de noviembre

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pospuso por sexta vez la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del período 2025, fijando el nuevo plazo para el 16 de noviembre. La medida se da ante la falta de normativa de la UIF sobre fondos exteriorizados, incluyendo los "dólares del colchón".

Fuente original: Ámbito Economía3 min de lecturaNegativo
Dólares del colchón: ARCA postergó por sexta vez la presentación de la DD.JJ. de Ganancias hasta el 16 de noviembre
Imagen ilustrativa

Las claves de la nota

  • Nueva fecha límite: 16 de noviembre para DD.JJ. Ganancias.
  • Sexta postergación consecutiva por falta de normativa.
  • Falta de regulación de la UIF sobre "dólares del colchón".
  • Preocupación de contadores por plazos exiguos.

Resumen elaborado con inteligencia artificial a partir de la nota de Ámbito Economía.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha decidido postergar por sexta vez la fecha límite para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período 2025, estableciendo el nuevo vencimiento para el 16 de noviembre. Esta prórroga se produce en un contexto de incertidumbre, ya que la Unidad de Información Financiera (UIF) aún no ha emitido las regulaciones necesarias sobre cómo los bancos y otras entidades deberán tratar los fondos que se exterioricen, especialmente aquellos provenientes de los denominados "dólares del colchón" para quienes optaron por el Impuesto a las Ganancias Simplificado.

La primera postergación se había fijado para el 27 de julio, y desde entonces, el plazo ha sido extendido en múltiples ocasiones: al 27 de agosto, 22 de septiembre, 13 de octubre y 30 de octubre, hasta llegar a la fecha actual. Paralelamente, la fecha de pago del saldo se ha mantenido inalterable en el 27 de julio. La reciente Resolución General 5916 de ARCA busca implementar los cambios previstos en la Ley de Inocencia Fiscal II, detallando disposiciones para funcionarios públicos y grandes contribuyentes. Sin embargo, contadores y tributaristas han manifestado su preocupación por el escaso tiempo restante para la aplicación de normativas complementarias aún pendientes.

Entre las cuestiones cruciales que aguardan definición se encuentra la normativa de la UIF sobre el "antecedente favorable", cuya fecha límite de emisión es el 2 de noviembre. Esta regulación es fundamental para determinar el tratamiento de los fondos no bancarizados, es decir, los "dólares del colchón". Asimismo, están pendientes la operatividad del servicio de consulta automatizado (API) del artículo 40 bis y la forma en que los Grandes Contribuyentes Nacionales y funcionarios deberán informar sus bienes en el país y en el exterior, según lo exige el Decreto 1253/2026. La falta de claridad en estos puntos genera inseguridad jurídica para los contribuyentes y dificulta la correcta aplicación del régimen.

El tributarista Sebastián Domínguez enfatiza la importancia de la normativa de la UIF, señalando que "la ley busca proteger los fondos utilizados frente a ARCA, pero los sujetos obligados continúan con sus deberes de debida diligencia". La ausencia de esta regulación deja a quienes utilizan fondos no depositados en el sistema financiero sin una pauta clara sobre cómo serán evaluados por las entidades financieras, lo que podría generar demoras o complicaciones en la operatoria.

Nota completa en Ámbito EconomíaLeer la nota original