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Cuánto suma un punto de inflación al haber máximo jubilatorio: el impacto de la fórmula actual
La fórmula de movilidad jubilatoria vigente, basada únicamente en la variación del IPC de dos meses atrás, puede llevar el incremento mensual a cero. Esto se evidencia al analizar el haber máximo, donde un menor índice inflacionario se traduce en una menor suma de pesos de aumento.
- El aumento jubilatorio depende del IPC de dos meses atrás.
- La fórmula actual puede resultar en un aumento de $0 en pesos.
- El haber máximo recibió hasta $86.484 de aumento en mayo.
- La movilidad se rige por DNU, no por ley del Congreso.
- La baja inflación podría significar $0 de aumento para jubilados.
La actual fórmula de movilidad jubilatoria, establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024, ajusta los haberes previsionales basándose exclusivamente en la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses anteriores. Esta metodología, al no contar con un piso o garantía mínima, presenta una particularidad matemática que impacta directamente en la suma de pesos que reciben los jubilados.
Al tomar como referencia el haber máximo jubilatorio, se observa que cuanto menor es la inflación, menor es el incremento nominal. En el extremo, si el IPC fuera cero, el aumento en pesos también sería cero, independientemente del monto del haber. Por ejemplo, el aumento total en pesos sobre el haber máximo alcanzó su pico en mayo con $86.484, mientras que entre junio y septiembre osciló entre $52.663 y $68.245, reflejando esta dependencia de la variación inflacionaria.
La fórmula actual, que reemplazó a la establecida por la Ley 27.609 y que el propio decreto calificó de "desastrosos" resultados para los jubilados, fue implementada bajo la figura de DNU, invocando la imposibilidad de seguir el trámite legislativo ordinario. La Constitución Nacional, en su artículo 14 bis, garantiza que las jubilaciones y pensiones sean "móviles", pero una fórmula cuyo resultado matemático puede ser cero en escenarios de baja inflación deja de cumplir esta manda constitucional en la práctica.
Este mecanismo, decidido por decreto y no por ley como correspondería según el artículo 75, inciso 12, de la Constitución, genera incertidumbre sobre el futuro de los haberes. La pregunta clave que queda pendiente es qué sucederá el día en que la variable de ajuste (el IPC) se acerque a cero, ya que la fórmula actual no ofrece salvaguardas para garantizar una movilidad efectiva en tales circunstancias.
Para Rosario y la región, esta situación se traduce en una pérdida de poder adquisitivo para los jubilados locales si la inflación desciende significativamente. Si bien la baja de la inflación es un objetivo deseable para la economía argentina, la forma en que se implementa la movilidad previsional podría generar un efecto perverso para quienes dependen de estos haberes. Es fundamental que el Congreso trate esta materia para asegurar una movilidad jubilatoria que sea verdaderamente sostenible y proteja el estándar de vida de los adultos mayores, tal como lo ha requerido la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "Badaro".
Esta noticia es crucial para inversores y jubilados argentinos, ya que detalla cómo la fórmula de movilidad previsional actual puede erosionar el poder adquisitivo de los haberes ante una baja inflación. Es vital seguir de cerca cualquier modificación a esta normativa y estar atentos a la evolución del IPC para prever el impacto en los ingresos de los jubilados y su consumo, lo cual puede afectar a sectores de la economía regional.

